¿Por qué no nos enteramos de las solicitudes de viviendas de protección en Tablada? II: Introducción.
Santiago R.M 26/12/2007
Para empezar porque aún no se han resueltos los concursos para la enajenación (o venta, para quienes no entiendan éstos términos) de dichas parcelas, que se hacen mediante procedimiento abierto y concurso público:
-Parcela A-1 PERI-TR-6 (FERIA), con destino a vivienda de protección oficial iniciativa municipal en venta.
-Parcela A-2 DEL API-DR-01 (PERI-TR-6 FERIA), con destino a la construcción de viviendas protegidas de precio general.
-Parcela A-3-4 DEL API-DR-01 (PERI-TR-6 FERIA), con destino a la construcción de viviendas de precio tasado.
Excepto el primero, que no lo he encontrado, el resto fue publicado en BOJA 7 de diciembre de 2.007, y al menos para la Parcela A-2 del API-DR-01 (PERI-TR-6 FERIA), la presentación de ofertas concluye el 8 de enero de 2.008.
Por ello, si tenéis constancia de recogida de solicitudes por parte de alguna promotora, es, como única opción ya que es la única que no exige parámetros específicos de publicidad que no se han cumplido, que se está creando una cooperativa, y por tanto, está actuando como sociedad gestora para participar en el concurso.
Antes de que acabe la semana intentaré poner toda la legislación relativa a la creación de cooperativas. Para comentarla la semana que viene, ya que la legislación es clara.
En resumen:
- Existe una forma de adjudicar viviendas de protección que no exige, por el momento, publicidad en los medios oficiales.
- La forma de adjudicar viviendas de protección son publicados por medios oficiales en todos los demás casos (ya os iré diciendo donde). De momento, Expobarrio.com ha puesto un enlace en el margen derecho en el que aparecen los sorteos y plazos de solicitud en la página oficial de la Junta de Andalucía.
Nota: Antiguamente era muy común la edificación mediante la creación de cooperativas y la comunicación era menos importante. Ahora con muchísimas personas demandantes de vivienda, y los precios más dispares entre VPO y Vivienda Libre la comunicación es esencial, y la ley contempla los sorteos para la creación de las mismas. Habrá que luchar para que la comunicación también lo sea ya que “…la adjudicación de estas viviendas, en la que la selección de las personas adquirentes o arrendatarias deberá realizarse, con carácter general, bajo los principios de igualdad, publicidad y concurrencia. “(LEY 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo.)
Santiago R.M.
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